DIRECCIÒN MUNICIPAL DE LA MUJER

Es la oficina técnica de la Municipalidad, responsable de  Incidir activamente en los procesos de formulación, planificación, asignación presupuestaria, implementación y monitoreo de las políticas públicas municipales que beneficien el desarrollo integral de las mujeres indígenas, ladinas y mestizas en su diversidad cultural, en coordinación con las mujeres y sus organizaciones en el Municipio.

Enfoca su accionar en la POLITICA NACIONAL DE PROMOCION Y DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER Y EL PLAN DE EQUIDAD.

Según el Decreto 39-2016 del Congreso de la República sus principales funciones son:

  1. Planificar y programar las acciones de carácter técnico que implementará la Oficina Municipal de la Mujer,
  2. Ejecutar el presupuesto asignado por el Concejo Municipal para el funcionamiento de la Oficina Municipal de la Mujer y el cumplimiento de sus atribuciones;
  3. Coordinar con el ente municipal encargado, la elaboración del Manual de funciones de la Oficina Municipal de la Mujer, especifico del municipio;
  4. Informar al Concejo Municipal y a sus Comisiones, al Alcalde o Alcaldesa, al Consejo Municipal de Desarrollo y a sus comisiones, sobre la situación de las mujeres en el municipio;
  5. Brindar información, asesoría y orientación a las mujeres del municipio, especialmente sobre sus derechos;
  6. Promover la participación comunitaria de las mujeres en los distintos niveles del Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural;
  7. Informar y difundir el que hacer de la Oficina Municipal de la Mujer, a través de los medios de comunicación con el objeto de visibilizar las acciones que la Oficina realiza en el municipio;
  8. Coordinar con las dependencias responsables, la gestión de cooperación técnica y financiera con entes nacionales e internacionales, para la implementación de acciones y proyectos a favor de las mujeres del municipio;
  9. Informar y proponer en las sesiones del Concejo Municipal, cuando se aborden temas relacionados con políticas, planes, programas, proyectos, presupuestos y acciones relacionadas con las mujeres a nivel municipal;
  10. Informar y proponer en la planificación técnica del Plan Operativo Anual Municipal, en coordinación con la Dirección Municipal de Planificación, en temas relacionados con las mujeres;
  11. Informar y proponer en la elaboración del presupuesto anual municipal, en coordinación conjunta con la Dirección Municipal de Planificación y la Dirección Administrativa Financiera Integrada Municipal, en temas relacionados a las mujeres;
  12. Articular y coordinar acciones a nivel municipal con la Comisiones Municipales de la Familia, la Mujer, la Niñez, la Juventud y Adulto Mayor, para establecer una relación armónica de trabajo que propicie el desarrollo integral de las mujeres;
  13. Participar en las redes y/o mesas conformadas a nivel municipal, que tenga como fin la prevención y erradicación de todas las formas de discriminación y violencia en contra de las mujeres, estableciendo alianzas estratégicas de articulación con actores institucionales, organizaciones de sociedad civil y organizaciones de mujeres; y,
  14. Coordinar con las instituciones del gobierno central las acciones y políticas públicas relacionadas con los derechos de las mujeres.”